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Guía sobre los requisitos y el procedimiento del recurso de queja constitucional

Basado en 290 casos de consulta · Actualizado · Traducido del original en coreano.

Puede interponerse un recurso de queja constitucional cuando el ejercicio o la omisión del ejercicio del poder público haya vulnerado derechos fundamentales constitucionales propios; no obstante, deben cumplirse requisitos como que la vulneración sea actual, directa y afecte al propio recurrente. Si existe un procedimiento de reparación previsto en otra ley, por regla general debe agotarse primero. El objeto y el plazo para interponer el recurso también varían según el caso.

De un vistazo

Personas y órganos implicados → Persona recurrente → Autoridad pública → Órgano legislativo → Se alega una lesión de derechos por ejercer u omitir poder público → ¿La conducta es ejercicio u omisión del poder público? → ¿La lesión actual y directa afecta derechos propios? → No procede por regla general → ¿Se agotó otra vía de reparación o no es posible o razonable usarla? → Puede proceder el recurso → Objeto del recurso → Plazo y omisión legislativa → Utilidad práctica

Puntos clave

  • El ejercicio o la omisión del ejercicio del poder público, incluidos los actos legislativos y administrativos, puede ser objeto de un recurso de queja constitucional. Sin embargo, un contrato de derecho privado o una orientación o respuesta de carácter jurídico podrían no considerarse ejercicio del poder público (casos 14, 16 y 19).
  • El recurrente debe demostrar que sus propios derechos fundamentales han sido vulnerados de forma actual y directa. Por regla general, no se permite alegar en nombre propio la vulneración de los derechos fundamentales de otra persona o de los miembros de una organización (casos 13 y 20).
  • Para recurrir directamente contra una norma, por regla general esta debe vulnerar los derechos fundamentales de forma directa, sin necesidad de un acto de aplicación separado. Aunque exista un acto de aplicación, pueden admitirse excepciones si no hay medios para impugnarlo o si se obliga al interesado a recurrir a un procedimiento indirecto (casos 3, 4 y 7).
  • Si otra ley establece un procedimiento de reparación, por regla general debe agotarse primero. No obstante, pueden plantearse excepciones, por ejemplo, cuando no sea posible utilizar dicho procedimiento o no quepa esperar razonablemente que permita reparar el derecho (casos 5, 6 y 21).
  • El plazo para interponer un recurso de queja constitucional contra una norma se determina tomando como referencia el momento en que se produjo realmente la vulneración de los derechos fundamentales. Debe distinguirse entre los casos en que la vulneración se produce al entrar en vigor la norma y aquellos en que la causa surge después de su entrada en vigor (casos 9, 12 y 23).
  • Debe distinguirse entre la omisión legislativa absoluta, en la que no se legisla en absoluto, y la omisión legislativa relativa, en la que la legislación adoptada es incompleta. Para impugnar una omisión legislativa relativa, debe recurrirse contra la propia disposición legislativa defectuosa, y también se aplica el plazo para interponer el recurso (casos 12 y 23).
  • Por regla general, las resoluciones judiciales quedan excluidas del objeto del recurso de queja constitucional. Sin embargo, los casos explican que excepcionalmente puede impugnarse una resolución que haya aplicado una ley cuya eficacia se haya perdido tras ser declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional (caso 18).
  • También es importante que la estimación del recurso pueda reportar un beneficio práctico. Por ejemplo, una vez prescrito el delito, un recurso de queja constitucional contra una decisión de no procesar puede dejar de tener utilidad para la protección de los derechos (caso 22).

Preguntas frecuentes

Q. ¿También se puede impugnar mediante un recurso de queja constitucional la denegación de una solicitud por parte de una autoridad administrativa?

La denegación puede ser objeto de un recurso de queja constitucional si el solicitante tiene, conforme a la ley, el derecho a presentar la solicitud; si la denegación de la autoridad administrativa constituye un ejercicio del poder público que rechaza definitivamente la solicitud; y si guarda relación con una vulneración de derechos fundamentales. No obstante, por regla general, primero debe agotarse cualquier procedimiento de reparación previsto en otra ley.

Caso 2

Q. ¿Se puede interponer un recurso de queja constitucional directamente contra una ley o un decreto de aplicación?

Es posible, pero la norma debe vulnerar directamente los derechos fundamentales propios, sin necesidad de un acto de aplicación separado. Si la vulneración solo se produce tras un acto de aplicación, por regla general debe impugnarse dicho acto. Pueden plantearse excepciones, por ejemplo, cuando no exista un procedimiento de reparación o este no sea efectivo.

Caso 3, Caso 4, Caso 7

Q. ¿Hay que agotar primero otros procedimientos antes de interponer un recurso de queja constitucional?

Si otra ley prevé un procedimiento de reparación de derechos, por regla general debe agotarse antes de interponer el recurso de queja constitucional. No obstante, puede admitirse una excepción al principio de subsidiariedad, por ejemplo, cuando no sea posible utilizar dicho procedimiento o no quepa esperar razonablemente que permita reparar el derecho.

Caso 5, Caso 6, Caso 21

Q. ¿Desde cuándo se calcula el plazo para interponer un recurso de queja constitucional contra una norma?

Los casos explican que el plazo se calcula desde el momento en que se produce realmente la vulneración de los derechos fundamentales. Dado que se distingue entre la vulneración producida al entrar en vigor la norma y la causada por un hecho posterior a su entrada en vigor, es necesario determinar el momento concreto de la vulneración para establecer el plazo aplicable y su fecha inicial.

Caso 9, Caso 12, Caso 23

Q. ¿Se puede interponer un recurso de queja constitucional alegando que falta legislación?

Debe distinguirse entre los casos en que, pese a existir una obligación constitucional de legislar, no se ha legislado en absoluto, y aquellos en que sí se ha legislado, pero la regulación es incompleta. Para impugnar una legislación incompleta, debe alegarse la inconstitucionalidad de la ley o disposición defectuosa, no la omisión legislativa en sí; además, debe respetarse el plazo para interponer el recurso.

Caso 12, Caso 23

Q. ¿Se puede anular mediante un recurso de queja constitucional una sentencia firme de un tribunal?

Por regla general, las resoluciones judiciales no pueden ser objeto de un recurso de queja constitucional. No obstante, los casos explican que excepcionalmente puede admitirse el recurso contra una resolución que haya aplicado una ley cuya eficacia se haya perdido tras ser declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional.

Caso 18

Q. ¿Puede una organización interponer un recurso de queja constitucional en nombre de sus miembros?

Una persona jurídica o una determinada organización puede interponer un recurso de queja constitucional en nombre propio si se han vulnerado derechos fundamentales de los que puede ser titular por su naturaleza. Sin embargo, por regla general no se permite que una organización impugne en nombre propio la vulneración de los derechos fundamentales de sus miembros.

Caso 20

Q. ¿Se puede interponer un recurso de queja constitucional para impugnar una decisión del fiscal una vez prescrito el delito?

Una vez prescrito el delito, puede plantearse la cuestión de si sigue existiendo un interés legítimo en obtener protección, en función de si una eventual estimación del recurso permitiría alcanzar el resultado deseado. Los casos distinguen entre la impugnación por el denunciante de una decisión de no procesar y la impugnación por un sospechoso que haya recibido una decisión de suspensión condicional del procesamiento. Por ello, deben examinarse tanto la condición de la parte como el contenido de la decisión.

Caso 22

Q. ¿Se puede interponer un recurso de queja constitucional si la respuesta a una petición no cumple las expectativas?

Los casos explican que, si una petición admisible ha sido examinada y se ha notificado el resultado de su tramitación, el mero hecho de que la respuesta no exponga motivos suficientes o no cumpla las expectativas no basta para considerar que ha habido un ejercicio del poder público susceptible de recurso de queja constitucional. No obstante, puede examinarse por separado si el propio procedimiento de petición vulneró el derecho de petición.

Caso 14

Leyes aplicables

  • Ley del Tribunal Constitucional, artículo 68, apartado 1 (헌법재판소법 제68조 제1항)
  • Ley del Tribunal Constitucional, artículo 69, apartado 1 (헌법재판소법 제69조 제1항)
  • Ley del Tribunal Constitucional, artículo 75, apartado 3 (헌법재판소법 제75조 제3항)
  • Constitución, artículo 26 (헌법 제26조)
  • Constitución, artículo 111, apartado 1, inciso 5 (헌법 제111조 제1항 제5호)
  • Ley de lo Contencioso-Administrativo, artículo 3 (행정심판법 제3조)
  • Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículo 4, inciso 3 (행정소송법 제4조 제3호)
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 260 (형사소송법 제260조)
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 266-3 (형사소송법 제266조의3)
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 266-4 (형사소송법 제266조의4)

Tenga en cuenta

  • Las disposiciones legales y los criterios citados en los casos pueden incluir normas anteriores a sus modificaciones o referirse a asuntos del pasado. Antes de interponer un recurso, debe comprobarse la legislación y el procedimiento vigentes en el momento pertinente.
  • La fecha de entrada en vigor de una norma, la fecha en que surge la causa de la vulneración y la fecha en que se conoce ese hecho pueden ser distintas. Por ello, debe determinarse con precisión desde qué momento empieza a correr el plazo para interponer el recurso.
  • Primero debe comprobarse si existe otro procedimiento de reparación, como un recurso contencioso-administrativo o una impugnación. Si no se agota el procedimiento correspondiente, el recurso de queja constitucional puede ser inadmisible.
  • Si se considera que no se han vulnerado derechos fundamentales o que el recurso no puede aportar una reparación útil, es posible que no se llegue a examinar el fondo del asunto.

Artículos relacionados

Casos de origen

Esta guía fue elaborada por IA a partir de los siguientes casos de consulta de la Korea Legal Aid Corporation (en coreano).

  1. 유죄판결을 자격취득 결격사유로 한 규정의 위헌 여부
  2. 지목변경신청반려처분에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  3. 구체적 집행행위규정에 있는 법령에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  4. 행정입법에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  5. 공권력의 불행사에 대한 헌법소원심판청구기간
  6. 별도의 고소없이 곧바로 불기소처분의 취소를 구하는 헌법소원심판청구 가능한지
  7. 법률규정에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  8. 소액임차인의 최우선변제권 규정의 재산권 침해 여부
  9. 법령에 대한 헌법소원심판청구기간의 기산점
  10. 대학입학고사 주요요강에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  11. 국민연금법상 연금보험료 강제징수의 재산권 등 침해 여부
  12. 부진정입법부작위에 대한 헌법소원심판청구의 행사기간
  13. 입법절차의 하자에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  14. 형식적인 청원처리결과 통지에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  15. 피의자신문조서 일부내용 삭제 제출에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  16. 토지손실보상금 지급행위에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  17. ‘기소중지’ 처분에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  18. 법원의 재판에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  19. 공법인의 취업응시자격제한에 대한 헌법소원심판청구가 가능한지
  20. 자연인 아닌 법인이 헌법소원심판 청구인이 될 수 있는지
  21. 검사가 법원의 결정에도 불구하고 한 열람등 거부행위에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  22. 기소유예처분에 대한 헌법소원심판청구 시 공소시효가 완성된 경우
  23. 부진정입법부작위에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  24. ‘죄가 안됨’ 처분에 대한 헌법소원심판청구 가능한지
  25. 교도소장이 수형자와 헌법소원 등 소송사건의 대리인인 변호사의 접견내용을 녹음, 기록한 행위가 수형자의 재판을 받을 권리를 침해...

Esta guía es información general sobre el derecho coreano, no asesoramiento legal para su caso. Consulte a un abogado o a la Korea Legal Aid Corporation (132 en Corea).