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Delitos de apropiación indebida y administración desleal: criterios de configuración y casos

Basado en 88 casos de consulta · Actualizado · Traducido del original en coreano.

La apropiación indebida puede plantearse cuando quien custodia bienes ajenos dispone de ellos como si fueran propios o se niega a devolverlos. La administración desleal puede plantearse cuando quien gestiona asuntos ajenos incumple sus deberes, obtiene un beneficio patrimonial y causa un perjuicio al titular. El mero incumplimiento de un contrato no constituye automáticamente un delito: es necesario analizar quién es propietario del bien y quién lo custodia, la naturaleza de las funciones encomendadas y si hubo un perjuicio o un riesgo de perjuicio.

De un vistazo

Personas implicadas → Persona que custodia bienes ajenos → Titular del patrimonio → Persona gestora o administradora → Se dispone de bienes ajenos o se gestiona patrimonio ajeno → ¿Custodia bienes ajenos y pretende apropiárselos? → Sí · Código Penal, art. 355.1 → No → ¿La relación exige proteger o administrar patrimonio ajeno por confianza? → Sí · Código Penal, art. 355.2 → ¿Incumple deberes, obtiene beneficio y causa daño o riesgo patrimonial? → Sí → La apropiación exige custodia e intención; el contrato por sí solo no basta → Puede haber administración desleal si se cumplen sus elementos → Verificar quién es propietario y quién custodia; revisar el tipo de acuerdo → Precisar las funciones y si existía una posición derivada del cargo → Comprobar beneficio, daño o riesgo y valor efectivo del bien → Propiedad, custodia y circunstancias del acuerdo → Deberes, relación de confianza y posic…

Puntos clave

  • El delito de apropiación indebida presupone que la persona custodie bienes ajenos y tenga intención de apropiárselos ilícitamente. La custodia consiste en ejercer un control de hecho o de derecho sobre los bienes (Código Penal, artículo 355, párrafo 1 (형법 제355조 제1항); casos 14 y 23).
  • La expresión «gestionar asuntos ajenos» en el delito de administración desleal se distingue de una obligación contractual ordinaria. Lo importante es determinar si la esencia de la relación consiste en proteger o administrar el patrimonio ajeno sobre la base de una relación de confianza (Código Penal, artículo 355, párrafo 2 (형법 제355조 제2항); casos 10, 18, 20 y 22).
  • El perjuicio exigido para el delito de administración desleal puede incluir tanto un daño efectivo como el riesgo de que se produzca un perjuicio patrimonial. Que la deuda se pague después o que se repare el daño no elimina un delito que ya se había configurado (casos 4, 8 y 24).
  • La existencia de apropiación indebida respecto de inmuebles sujetos a un acuerdo de titularidad nominal depende del tipo de acuerdo. En los acuerdos de titularidad nominal basados en un contrato o en los que omiten la inscripción de un paso intermedio, puede no reconocerse que quien figura como titular custodie bienes del mandante. Sin embargo, en casos de bienes inmuebles de una asociación de clan o en determinados acuerdos de titularidad nominal preexistentes, disponer del bien puede constituir apropiación indebida (casos 1, 2, 12 y 13).
  • La venta doble de un inmueble por parte del vendedor cuando solo ha recibido el depósito puede recibir un trato distinto de la venta doble después de haber recibido también un pago parcial del precio. Tras recibir este último, puede reconocerse el deber de cooperar en la inscripción de la transmisión de la propiedad (caso 11).
  • Hay casos en los que se concluyó que la disposición del bien dado en garantía o la falta de liquidación por parte del acreedor de una garantía constituida mediante transferencia no configura administración desleal, porque tales obligaciones corresponden a sus propios asuntos. En cambio, la reducción injustificada del valor de la garantía por parte de quien la constituyó o las conductas que dificultan el ejercicio de los derechos del acreedor pueden plantear la comisión de administración desleal (casos 3, 7, 15 y 16).
  • En los delitos de apropiación indebida o administración desleal en el ejercicio de funciones, es fundamental determinar si se reconoce la posición derivada del cargo y el incumplimiento de los deberes correspondientes. Un partícipe que no ocupe esa posición puede ser sancionado por administración desleal simple, y no por administración desleal en el ejercicio de funciones (Código Penal, artículo 356 y salvedad del artículo 33 (형법 제356조, 제33조 단서); casos 8, 9 y 21).
  • No siempre es posible determinar el importe del beneficio o del perjuicio en el delito de apropiación indebida basándose únicamente en una cifra nominal. En el caso de un inmueble sujeto a una garantía, puede ser necesario tener en cuenta, entre otros factores, su valor efectivo de intercambio (casos 5, 8 y 25).

Preguntas frecuentes

Q. Si quien figura como titular vende un inmueble sujeto a un acuerdo de titularidad nominal, ¿siempre comete apropiación indebida?

No siempre. En los acuerdos de titularidad nominal sobre la base de un contrato, quien presta su nombre puede no adquirir la propiedad del inmueble, por lo que quizá no se configure el delito de apropiación indebida. También se descartó este delito en un caso de titularidad nominal con inscripción directa, omitiendo un paso intermedio. En cambio, en casos de bienes inmuebles de una asociación de clan o de edificios sujetos a un acuerdo de titularidad nominal preexistente, la disposición del bien puede considerarse apropiación indebida. Por eso, es necesario examinar el tipo y las circunstancias del acuerdo.

Q. Si un vendedor que solo ha recibido el depósito tras celebrar un contrato de compraventa de un inmueble lo vende a otra persona, ¿comete administración desleal?

En el caso citado, se explica que, si el vendedor solo ha recibido el depósito, puede devolverlo por duplicado y resolver el contrato, por lo que es difícil considerarlo una persona encargada de gestionar asuntos ajenos a efectos del delito de administración desleal. En cambio, si revende el inmueble después de haber recibido también un pago parcial del precio, puede reconocerse su deber de cooperar en la inscripción de la transmisión de la propiedad.

Q. Si alguien incumple un contrato y causa un perjuicio a la otra parte, ¿comete administración desleal?

El mero incumplimiento de un contrato no configura automáticamente el delito de administración desleal. Debe analizarse si la relación entre las partes va más allá de una simple relación de crédito y deuda y constituye una relación de confianza en la que se protege o administra el patrimonio ajeno, así como si el autor ocupaba una posición que le encargaba gestionar asuntos ajenos.

Q. ¿Se puede sancionar la administración desleal aunque no se haya producido un perjuicio efectivo?

El perjuicio patrimonial puede incluir no solo el daño que se ha producido efectivamente, sino también el riesgo de que se produzca. Por tanto, puede plantearse el delito de administración desleal cuando se crea el riesgo de que se pierda la capacidad de servir de garantía o de que una empresa asuma una obligación de garantía, incluso si posteriormente se paga la deuda o se repara el daño.

Q. Si se vende por un precio irrisorio un bien dado en garantía mediante transferencia o no se devuelve el importe de la liquidación, ¿se comete administración desleal?

Según el caso citado, la disposición del bien por parte del acreedor de una garantía constituida mediante transferencia, o su liquidación para ejecutar la garantía, corresponde en principio a sus propios asuntos. Por ello, se consideró que vender el bien por un precio irrisorio o incumplir la obligación de liquidar no configura, por sí solo, administración desleal. No obstante, otras conductas, como reducir injustificadamente el valor de la garantía, pueden plantear por separado la comisión de ese delito.

Q. Si un transportista que explota un vehículo bajo el sistema de inscripción a nombre de una empresa, o quien lo custodia, dispone del vehículo sin el consentimiento de la empresa, ¿comete apropiación indebida?

Según el caso citado, puede configurarse el delito de apropiación indebida si una persona que ha recibido y custodia un vehículo ajeno dispone de él de hecho. Este principio puede aplicarse a la disposición realizada por un transportista que explota un vehículo bajo el sistema de inscripción a nombre de una empresa o por una persona a quien aquel haya encargado su custodia, aunque no sean el titular registral del vehículo ni quien recibió directamente el encargo de custodia.

Q. Si alguien transfiere dinero de la empresa a una cuenta personal y luego lo devuelve, ¿queda excluido el delito de apropiación indebida en el ejercicio de funciones?

La mera circunstancia de que se tuviera la intención de devolver o resarcir posteriormente el dinero no descarta la intención de apropiación ilícita. Debe analizarse si quien custodia bienes de la empresa por razón de su cargo dispuso de ellos como si fueran propios y si existían circunstancias especiales, como que antes de la conducta hubiera compensado y liquidado una deuda independiente.

Q. ¿No se configura el delito de recepción de beneficios a cambio de una gestión desleal si se recibe el pago por una petición ilícita después de dejar el cargo?

Aunque el beneficio se haya recibido después de dejar el cargo, puede configurarse el delito de recepción de beneficios a cambio de una gestión desleal si, mientras ejercía el cargo y gestionaba asuntos ajenos, la persona recibió una petición ilícita y el beneficio se entregó en relación con ella. No es indispensable que, en el momento de recibirlo, estuviera desempeñando efectivamente las funciones relacionadas.

Q. Para calcular el beneficio obtenido mediante apropiación indebida de un inmueble dado en garantía, ¿se toma su valor de mercado o el importe máximo garantizado por la hipoteca de máximo?

El caso citado explica que el importe del beneficio debe calcularse tomando como referencia el valor de intercambio efectivo del inmueble, teniendo en cuenta cargas como las hipotecas de máximo, y no únicamente su valor de mercado. Para efectuar el cálculo concreto, es necesario comprobar los hechos, incluido el alcance de las garantías constituidas y el valor del inmueble.

Leyes aplicables

  • Código Penal, artículo 33 (형법 제33조)
  • Código Penal, artículo 355, párrafos 1 y 2 (형법 제355조 제1항·제2항)
  • Código Penal, artículo 356 (형법 제356조)
  • Código Penal, artículo 357, párrafo 1 (형법 제357조 제1항)
  • Código Civil, artículo 265 (민법 제265조)
  • Código Civil, artículo 565 (민법 제565조)
  • Ley sobre la inscripción de bienes inmuebles a nombre de su titular real, artículos 3, 4, 8, 11 y 12 (부동산 실권리자명의 등기에 관한 법률 제3조·제4조·제8조·제11조·제12조)
  • Ley sobre garantías constituidas mediante inscripción provisional, etc., artículos 3 y 4 (가등기담보 등에 관한 법률 제3조·제4조)
  • Ley de prevención de la competencia desleal y protección de los secretos comerciales, artículo 2, apartado 2, y artículo 18, párrafo 2 (부정경쟁방지 및 영업비밀보호에 관한 법률 제2조 제2호·제18조 제2항)
  • Ley de servicios de transporte de pasajeros, artículo 21, párrafo 1, y artículo 24 (여객자동차 운수사업법 제21조 제1항·제24조)
  • Ley de agravación de las penas por determinados delitos económicos, artículo 3, párrafo 1 (특정경제범죄 가중처벌 등에 관한 법률 제3조 제1항)

Tenga en cuenta

  • La existencia de apropiación indebida respecto de un inmueble sujeto a un acuerdo de titularidad nominal puede variar según las circunstancias concretas, como el tipo de acuerdo, la fecha en que se celebró y lo que sabía el vendedor.
  • Para determinar si existe administración desleal, no basta con analizar si hubo incumplimiento contractual. También deben examinarse la posición de la persona como encargada de gestionar «asuntos ajenos», el incumplimiento de sus deberes y la existencia de un perjuicio patrimonial o de un riesgo de perjuicio.
  • En los casos de disposición de bienes dados en garantía, pueden ser importantes el valor del inmueble en el momento de la disposición, los derechos preferentes y la posible reducción del valor de la garantía.
  • Los principios jurídicos y las conclusiones expuestos en los casos citados dependen de las circunstancias de cada caso. En una situación concreta, deben comprobarse por separado el contenido del contrato y quién es propietario del bien y quién lo custodia.

Casos de origen

Esta guía fue elaborada por IA a partir de los siguientes casos de consulta de la Korea Legal Aid Corporation (en coreano).

  1. 계약명의신탁에서 수탁자가 목적물을 처분한 경우 횡령죄 여부
  2. 수탁자가 명의신탁부동산을 임의처분 한 경우 횡령죄의 성립 여부
  3. 양도담보 목적물을 부당하게 염가로 처분한 경우 배임죄 성부
  4. 전세권설정계약 후 타에 근저당권설정등기를 경료해 준 경우
  5. 회사영업비밀을 사외 유출한 경우 그 죄책과 손해액 산정방법
  6. 명의신탁은 종중토지를 담보로 근저당설정 및 매도까지 한 경우 횡령죄 여부
  7. 이중으로 동산양도담보권을 설정해준 경우 형사책임
  8. 비신분자가 신분자와 업무상배임죄를 범한 경우의 처벌
  9. 택시회사 소속 택시기사가 운송수입금 일부를 식대 등으로 사용한 경우
  10. 임대인이 임차인에게 소유권 취득 사실을 알리겠다는 약정을 어긴 경우
  11. 부동산 매도인이 계약금을 받고 이중매도한 경우 배임죄 여부
  12. 종중부동산의 명의수탁자가 이를 임의처분한 경우 횡령죄 여부
  13. 중간생략형 명의신탁에서 수탁자가 목적물을 처분한 경우 횡령죄 여부
  14. 지입차주가 지입회사의 승낙 없이 차량을 처분한 경우 횡령죄 여부
  15. 양도담보설정계약 후 기존 근저당권자에게 지상권등기해 준 경우
  16. 저당권이 설정된 자동차를 매도하는 경우 배임죄 여부
  17. 과반수 지분권에 기한 건물 사용·수익에 대한 결정에 따라 건물 임대수익을 분배하면서 일부 공유자를 제외한 경우 횡령죄의 성부
  18. 이중으로 임차권 양도계약을 한 경우 배임죄 성립 여부
  19. 배임수재죄의 성립요건
  20. 투자금반환채무 담보조로 임대차계약과 판매대금 입금을 투자자 명의로 한 상태에서 제3자에게 의류매장의 지위를 양도한 경우 배임죄...
  21. 허위임대차계약을 체결하고 회사 자금에서 임차보증금을 빼낸 경우 업무상횡령죄 여부
  22. 계불입금을 징수하지 않은 상태에서 잠적한 낙찰계주의 배임죄 성립여부
  23. 지입회사의 승낙없이 대표이사가 사실상 차량을 처분한 경우 횡령죄 여부
  24. 이사회 승인이나 다른 주주들의 동의 없이 대표이사가 다른 회사의 연대보증을 서게 하는 등 회사에 재산상 손해발생의 위험을 초래...
  25. 타인의 부동산을 관리하는 사람이 해당 부동산에 근저당권설정등기를 마친 경우, 횡령 이득액 산정 기준

Esta guía es información general sobre el derecho coreano, no asesoramiento legal para su caso. Consulte a un abogado o a la Korea Legal Aid Corporation (132 en Corea).