LegalPost

Conozca el orden sucesorio y quién hereda

Basado en 11 casos de consulta · Actualizado · Traducido del original en coreano.

La sucesión corresponde, por este orden, a los descendientes directos, los ascendientes directos, los hermanos y las hermanas, y los parientes colaterales hasta el cuarto grado. Si hay herederos de un orden preferente, los de los órdenes posteriores no heredan. El cónyuge hereda en el mismo orden que los descendientes directos o los ascendientes directos; si no hay familiares directos de ninguna de estas dos categorías, hereda en solitario.

De un vistazo

Personas implicadas → Persona fallecida → Cónyuge → Familiares → Fallece una persona ¿Quién puede heredar? → ¿Hay descendientes directos? → Sí · Código Civil, art. 1000 → No → ¿Hay ascendientes directos? → ¿Hay cónyuge con vínculo legal vigente al fallecer? → Sí · Código Civil, arts. 997 y 1003 → No · Código Civil, art. 1000 → Hereda el orden directo El cónyuge concurre con descendientes o ascendientes → Sin familiares directos: hereda el cónyuge en solitario; si no hay cónyuge, siguen hermanos y colaterales hasta cuarto grado → Compruebe el grado de parentesco → Compruebe quiénes tienen el mismo grado → Revise renuncias y gastos funerarios por separado → Dentro del mismo orden, prevalece el grado más cercano; a igual grado, heredan conjuntamente → Si la persona adoptada no tiene descendientes, pueden heredar sus padres biológicos y adoptivos → Si cónyuge e hijos renuncian todos, pueden…

Puntos clave

  • El orden legal de sucesión es: descendientes directos del causante, ascendientes directos, hermanos y hermanas, y parientes colaterales hasta el cuarto grado (Código Civil, artículo 1000 (민법 제1000조)).
  • Dentro del mismo orden, tiene preferencia quien tenga el grado de parentesco más cercano; si varias personas tienen el mismo grado, heredan conjuntamente (Código Civil, artículo 1000 (민법 제1000조)).
  • El cónyuge hereda conjuntamente con los descendientes directos o los ascendientes directos y, si no hay descendientes ni ascendientes directos, hereda en solitario (Código Civil, artículo 1003 (민법 제1003조)).
  • Si hay hijos y cónyuge, los ascendientes directos, como los padres, son de un orden posterior y, por tanto, no son herederos (casos 1, 5 y 10).
  • Si una persona adoptada fallece sin descendientes directos, tanto sus padres biológicos como sus padres adoptivos pueden ser herederos en calidad de ascendientes directos (Resolución de la Corte Suprema de 20 de enero de 1995, 94마535, caso 7).
  • Si el cónyuge y los hijos, que son herederos de primer orden, renuncian todos a la herencia, los nietos pueden convertirse en herederos; por ello, debe examinarse cuidadosamente si se renuncia a la herencia (Sentencia de la Corte Suprema de 26 de septiembre de 1995, 95다27769, caso 9).
  • La sucesión se abre en el momento del fallecimiento; por tanto, incluso durante un proceso de divorcio, el cónyuge puede heredar si el vínculo matrimonial legal seguía vigente en el momento del fallecimiento (Código Civil, artículo 997 (민법 제997조), caso 11).
  • La obligación de sufragar los gastos funerarios se considera una cuestión distinta de la sucesión y, aunque se renuncie a la herencia, salvo que concurran circunstancias especiales, pueden tener que asumirla los herederos de grado preferente (caso 4).

Preguntas frecuentes

Q. Si hay hijos y cónyuge, ¿también heredan los padres de la persona fallecida?

No. Los hijos son descendientes directos y herederos de primer orden; el cónyuge hereda en el mismo orden que ellos. Los padres, como ascendientes directos, son de un orden posterior y no heredan.

Caso 1, Caso 5, Caso 10

Q. ¿En qué casos hereda el cónyuge en solitario?

Si no hay descendientes ni ascendientes directos, el cónyuge hereda en solitario. Si hay descendientes o ascendientes directos, el cónyuge hereda conjuntamente con ellos.

Caso 1

Q. Si el cónyuge fallece durante un proceso de divorcio, ¿puede heredar el otro cónyuge?

Puede ser heredero si, en el momento del fallecimiento, el vínculo matrimonial legal seguía vigente. Hay un caso en el que se consideró que el hecho de que hubiera un proceso de divorcio en curso no modificaba la condición de heredero que tenía el cónyuge en el momento del fallecimiento.

Caso 11

Q. Si fallece una persona adoptada, ¿pueden heredar también sus padres biológicos?

Si la persona adoptada no tiene descendientes directos y la sucesión corresponde a los ascendientes directos, tanto sus padres biológicos como sus padres adoptivos pueden ser herederos. Si la persona adoptada tiene cónyuge, este puede heredar conjuntamente con los ascendientes directos.

Caso 7

Q. Si todos los hijos renuncian a la herencia, ¿heredan los nietos?

Si el cónyuge y los hijos, que son herederos de primer orden, renuncian todos a la herencia, los nietos pueden heredar como descendientes directos. Hay que distinguir entre el supuesto en que solo renuncian los hijos y aquel en que también renuncia el cónyuge, de modo que todos renuncian.

Caso 9

Q. Si renuncio a la herencia, ¿también quedo exento de pagar los gastos funerarios?

En el caso, se consideró que la obligación de sufragar los gastos funerarios derivaba del parentesco con la persona fallecida, y no de la propia herencia. Por tanto, salvo que concurran circunstancias especiales, pueden tener que asumirlos los herederos de grado preferente, aunque renuncien a la herencia.

Caso 4

Q. ¿Todos los hermanos de la persona fallecida heredan en el mismo orden?

La jurisprudencia citada en el caso interpretó que los hermanos a los que se refiere el artículo 1000, apartado 1, inciso 3, del Código Civil (민법 제1000조 제1항 제3호) son parientes colaterales por línea paterna del causante, y determinó que no se incluyen los hermanos que tienen distinta madre y el mismo padre. Para examinar esta cuestión, deben tenerse en cuenta tanto las circunstancias familiares concretas del caso como el criterio de la jurisprudencia.

Caso 8

Q. ¿Qué ocurre con los bienes si no hay herederos?

El caso explica que, si no hay herederos, el patrimonio hereditario pasa al Estado tras seguir un procedimiento determinado. Sin embargo, a las sucesiones abiertas en el pasado pueden aplicarse la legislación vigente en aquel momento y las disposiciones transitorias, por lo que es necesario comprobar cuándo se abrió la sucesión.

Caso 2, Caso 3

Leyes aplicables

  • Código Civil, artículo 752 (민법 제752조)
  • Código Civil, artículo 997 (민법 제997조)
  • Código Civil, artículo 1000 (민법 제1000조)
  • Código Civil, artículo 1003 (민법 제1003조)
  • Código Civil, artículo 1009, apartado 2 (민법 제1009조 제2항)
  • Código Civil, artículo 1058, apartado 1 (민법 제1058조 제1항)
  • Disposición adicional 25, apartado 2, del Código Civil (민법 부칙 제25조 제2항)

Tenga en cuenta

  • Según quién renuncie a la herencia, personas de un orden sucesorio posterior, como los nietos, pueden convertirse en herederos; por ello, deben comprobarse tanto las personas que renuncian como sus relaciones familiares.
  • Hay un caso en el que se consideró que renunciar a la herencia no exime por sí solo de sufragar los gastos funerarios; conviene analizar esta cuestión por separado de la relativa al patrimonio hereditario.
  • En los casos de fallecimientos ocurridos en el pasado o relacionados con una declaración judicial de desaparición, el orden sucesorio puede variar según el momento en que se abrió la sucesión y la legislación aplicable.

Casos de origen

Esta guía fue elaborada por IA a partir de los siguientes casos de consulta de la Korea Legal Aid Corporation (en coreano).

  1. 재산상속에 있어서 법정상속인의 상속순위
  2. 구민법 시행 당시 호주가 상속할 남자 없이 사망함으로써 호주 및 유산상속을 한 망 호주의 장남의 처가 신민법 시행 후 사망한 ...
  3. 실종기간만료와 실종선고가 신민법시행 전후로 나뉜 경우 상속순위
  4. 장례비용과 상속 순위
  5. 직계비속과 직계존속의 상속순위
  6. 재산상속에 있어서 법정상속인의 상속순위
  7. 양자의 경우 직계존속의 상속순위
  8. 민법 제1000조 제1항 제3호 소정의 "피상속인의 형제자매"의 범위
  9. 채무자인 피상속인의 제1순위 상속인인 자 전원이 상속을 포기한 경우, 차순위인 손들의 상속
  10. 자녀가 있는 경우 직계존속의 상속순위
  11. 이혼 소송 중인 배우자의 상속가능 여부

Esta guía es información general sobre el derecho coreano, no asesoramiento legal para su caso. Consulte a un abogado o a la Korea Legal Aid Corporation (132 en Corea).