Sociedades y grupos de ahorro rotatorio: responsabilidades y liquidación
Basado en 44 casos de consulta · Actualizado · Traducido del original en coreano.
La naturaleza jurídica de una empresa conjunta se determina, entre otros factores, según el contenido del contrato y la forma de gestión, y puede ser la de una sociedad regulada por el Código Civil. La naturaleza jurídica y las responsabilidades de un grupo de ahorro rotatorio también varían según su funcionamiento y las relaciones entre sus miembros y su organizador. Dejar una sociedad o deshacer un grupo de ahorro rotatorio no implica que se devuelva de inmediato la totalidad de las aportaciones; por ello, deben revisarse los bienes y las deudas de la sociedad y el procedimiento de liquidación aplicable a cada relación.
De un vistazo

Puntos clave
- Un contrato de sociedad para una empresa conjunta puede constituir una sociedad regulada por el Código Civil, en la que varias personas aportan capital y desarrollan una actividad en común. Sin embargo, según la estructura contractual —por ejemplo, la relación entre quienes aportan capital y quien se ocupa de la actividad—, puede calificarse de otra manera, como sociedad en participación, sociedad comanditaria o sociedad mercantil (casos 4 y 11; Código Civil, artículo 703 (민법 제703조)).
- Es difícil poner fin a un contrato de sociedad resolviéndolo como un contrato ordinario y reclamando la restitución de la situación anterior. Por lo general, se aborda como una cuestión de devolución de la participación a raíz de la disolución, la salida o la exclusión de un socio, o de la liquidación de la sociedad (casos 2, 12, 14 y 24).
- Como regla general, la participación del socio que se retira se calcula según la situación patrimonial de la sociedad en el momento de su salida. Si no se ha fijado una proporción para el reparto de pérdidas y ganancias, se determina en proporción al valor de las aportaciones (casos 2 y 18; Código Civil, artículos 711 y 719 (민법 제711조, 제719조)).
- Si uno de los dos socios de una sociedad se retira, la sociedad no se disuelve salvo que concurran circunstancias especiales, y el socio restante puede continuar con la actividad. Como regla general, el socio que se retira no puede reclamar la devolución íntegra de su aportación, sino la participación calculada según los bienes de la sociedad en el momento de su salida (casos 2, 12 y 18; Código Civil, artículo 719 (민법 제719조)).
- Si el administrador de una sociedad adquiere a su propio nombre un derecho al gestionar asuntos de esta, puede estar obligado a transferirlo a la sociedad, salvo que se haya pactado otra cosa. La disposición o modificación de los bienes de la sociedad puede constituir un asunto especial y, si no hay administrador, por regla general se decide por mayoría de los socios (casos 8 y 13; Código Civil, artículos 684, 706, 707 y 709 (민법 제684조, 제706조, 제707조, 제709조)).
- La naturaleza jurídica de un grupo de ahorro rotatorio no puede determinarse únicamente por su denominación. Deben examinarse su finalidad y funcionamiento, así como las relaciones entre el organizador y los miembros y entre estos últimos, para determinar si se trata de un contrato de sociedad, un contrato de préstamo o un contrato atípico, entre otras posibilidades. La parte frente a la que se deben liquidar las cuentas y el método aplicable también pueden variar en función de esa calificación (casos 3, 5, 7 y 10).
- Si un grupo de ahorro rotatorio basado en subastas se gestionaba como un negocio personal del organizador, puede considerarse que existe una relación individual de cuentas entre este y cada miembro, por lo que el asunto puede tratarse de manera distinta a la disolución y liquidación de una sociedad (casos 10, 16 y 17).
- Para constituir una cooperativa deben seguirse los procedimientos correspondientes y, como regla general, cada socio debe suscribir al menos una participación conforme a los estatutos. La fase de constitución incluye, entre otras cosas, la captación de promotores, la elaboración de los estatutos, la captación de consentimientos para la constitución, la asamblea constituyente, la notificación de constitución y la inscripción registral (casos 1 y 20).
Preguntas frecuentes
Q. Si dejo la sociedad, ¿puedo recuperar íntegramente la aportación que hice al principio?
Como regla general, no se devuelve de inmediato la totalidad de la aportación. La liquidación se calcula según la situación patrimonial de la sociedad y la participación del socio en el momento de su salida; el importe que se devuelva puede variar en función de los bienes y las deudas que queden en la sociedad.
Q. ¿Puedo resolver el contrato de sociedad y exigir que se restituya la situación anterior?
Un contrato de sociedad, como el celebrado para una empresa conjunta, no puede resolverse como un contrato ordinario para exigir a la otra parte que restituya las cosas a su estado anterior. La relación debe terminar mediante la disolución o la salida de un socio, entre otras vías, y después debe solicitarse la liquidación correspondiente o la devolución de la participación.
Q. Si uno de los dos socios se va, ¿se liquida de inmediato la actividad?
Si uno de los dos socios de una sociedad de dos personas se retira, la relación societaria termina, pero, salvo que concurran circunstancias especiales, la sociedad no se disuelve ni entra en liquidación. El socio restante puede continuar con la actividad, y entre este y el socio que se retira se hacen las cuentas correspondientes a la salida.
Q. ¿En qué momento se calcula la participación del socio que se retira?
Como regla general, el cálculo se hace tomando como referencia la situación patrimonial de la sociedad en el momento de la salida. Si se ha fijado una proporción para el reparto de pérdidas y ganancias, se utiliza esa proporción; si no se ha fijado, la participación puede determinarse en proporción al valor de las aportaciones.
Q. Si se deshace un grupo de ahorro rotatorio, ¿puedo exigir al organizador la devolución íntegra de las cuotas aportadas?
Depende de la naturaleza jurídica del grupo de ahorro rotatorio, de lo pactado y de cómo se haya gestionado. Si tiene carácter societario, puede ser necesario llevar a cabo un procedimiento de liquidación y ajustar las cuentas conforme al resultado. En cambio, si se considera que existe una relación contractual individual entre el organizador del grupo y cada miembro, puede haber casos en los que se pueda exigir al organizador la devolución de las cuotas aportadas.
Q. ¿Puedo reclamar el fondo del grupo de ahorro rotatorio a uno de sus organizadores?
El mero hecho de que haya varios organizadores no permite concluir que cada uno sea responsable frente a todos los miembros. Deben examinarse las circunstancias concretas de la gestión, como quién incorporó a los miembros y recibió sus aportaciones, y si existía una relación de colaboración o una administración conjunta entre ellos.
Q. Si otro socio usa la aportación de forma arbitraria, ¿puedo reclamar personalmente una indemnización por daños y perjuicios?
Si la desaparición de los fondos aportados a la sociedad causa un perjuicio, quien lo ha sufrido puede ser la propia sociedad y no cada socio a título individual. Hay casos en los que se ha considerado que, en esas circunstancias, un socio no puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios a título personal.
Q. ¿Qué ocurre si un socio no entrega la aportación que se comprometió a hacer?
La obligación de aportar corresponde al socio, y el incumplimiento de esa obligación puede constituir un motivo justificado para excluirlo de la sociedad. En un caso se consideró que, antes de la exclusión, no era necesario requerirle de nuevo para que aportara dentro de un plazo adicional determinado.
Q. ¿Un inmueble que se acordó aportar a la sociedad pertenece a esta antes de su inscripción registral?
Si todavía no se ha inscrito el inmueble como propiedad conjunta de los socios, puede faltar fundamento para considerarlo propiedad conjunta de la sociedad frente a terceros que no sean socios. No obstante, entre el socio y la sociedad puede subsistir la obligación de transferir el inmueble a la sociedad o de permitir que se utilice en la actividad.
Leyes aplicables
- Código Civil, artículo 103 (민법 제103조)
- Código Civil, artículo 684 (민법 제684조)
- Código Civil, artículo 703 (민법 제703조)
- Código Civil, artículo 706 (민법 제706조)
- Código Civil, artículo 707 (민법 제707조)
- Código Civil, artículo 709 (민법 제709조)
- Código Civil, artículo 711 (민법 제711조)
- Código Civil, artículo 712 (민법 제712조)
- Código Civil, artículo 713 (민법 제713조)
- Código Civil, artículo 718 (민법 제718조)
- Código Civil, artículo 719 (민법 제719조)
- Código Civil, artículo 746 (민법 제746조)
- Ley Marco de Cooperativas (협동조합 기본법)
- Reglamento de aplicación de la Ley Marco de Cooperativas (협동조합 기본법 시행규칙)
- Ley de Cajas de Ahorros Mutuas, artículo 2 (상호저축은행법 제2조)
Tenga en cuenta
- La naturaleza jurídica no debe determinarse únicamente por el nombre de la empresa conjunta o del grupo de ahorro rotatorio; también deben examinarse conjuntamente lo pactado, la forma real de gestión y las relaciones entre las partes.
- La salida de un socio o la disolución de un grupo de ahorro rotatorio no implica por sí sola la devolución íntegra de las aportaciones. Deben comprobarse los bienes y las deudas de la sociedad y la fecha que sirve de referencia para la liquidación.
- En los litigios relativos a los bienes de una sociedad, puede ser necesario que todos los socios actúen conjuntamente, según se trate de bienes de propiedad conjunta y según el contenido de la pretensión. Debe verificarse si es posible reclamar a título individual.
- Los documentos y procedimientos necesarios para notificar la constitución de una cooperativa corresponden a la información indicada en los casos; al constituirla en la práctica, deben verificarse los requisitos vigentes con la autoridad competente.
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Casos de origen
Esta guía fue elaborada por IA a partir de los siguientes casos de consulta de la Korea Legal Aid Corporation (en coreano).
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Esta guía es información general sobre el derecho coreano, no asesoramiento legal para su caso. Consulte a un abogado o a la Korea Legal Aid Corporation (132 en Corea).
