Guía sobre los requisitos para que se constituya el delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales y sus principales cuestiones
Basado en 44 casos de consulta · Actualizado · Traducido del original en coreano.
El delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales puede constituirse cuando un funcionario sufre violencia o amenazas mientras desempeña legalmente sus funciones. La existencia de un delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales mediante engaño o de invalidación de signos oficiales relacionados con una actuación pública se determina según las circunstancias concretas, entre ellas si la conducta obstaculizó efectivamente el trabajo del funcionario o la eficacia de una medida de ejecución forzosa.
De un vistazo

Puntos clave
- El delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales puede constituirse solo si, además de la competencia abstracta del funcionario, el ejercicio concreto de sus funciones es legítimo (Código Penal, artículo 136, apartado 1 (형법 제136조 제1항)).
- La legalidad del desempeño de las funciones se determina de forma objetiva y razonable, atendiendo a las circunstancias concretas del momento de la conducta. El hecho de que posteriormente se absuelva a una persona del delito relacionado no convierte automáticamente la detención en ilícita (caso 11).
- La violencia contra un funcionario puede incluir tanto el ejercicio directo como el indirecto de fuerza física. Sin embargo, el ruido durante una manifestación se evalúa considerando en conjunto las circunstancias de su producción, su intensidad y otros factores (casos 7 y 13).
- El delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales mediante engaño requiere que se induzca a error o confusión al funcionario y que se obstaculice el desempeño concreto y efectivo de sus funciones. Puede constituirse si se induce a error a las autoridades investigadoras mediante pruebas manipuladas activamente (Código Penal, artículo 137 (형법 제137조); casos 4, 10 y 15).
- El mero hecho de realizar una conducta prohibida o de eludir la vigilancia o un control puede no constituir delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales mediante engaño. Es importante determinar si se obstaculizó activamente el trabajo mediante un método difícil de detectar incluso con una vigilancia o un control diligentes por parte de los funcionarios (casos 9 y 12).
- Si se trasladan los signos de una medida de ejecución forzosa, como un embargo o una medida cautelar, o se neutraliza de hecho la eficacia de la medida, puede plantearse el delito de invalidación de signos oficiales relacionados con una actuación pública. La eficacia de los signos no desaparece automáticamente por haber pagado solo a algunos acreedores embargantes o porque se haya denegado el derecho en el procedimiento principal (Código Penal, artículo 140, apartado 1 (형법 제140조 제1항); casos 3, 5, 14 y 17).
- Si un funcionario resulta herido como consecuencia de una obstrucción del desempeño de funciones oficiales con un objeto peligroso, puede plantearse el delito agravado de obstrucción del desempeño de funciones oficiales con resultado de lesiones. No obstante, un obstáculo instalado de antemano puede no considerarse agresión, según las circunstancias concretas, como el momento y la intención de su colocación (Código Penal, artículo 144 (형법 제144조); caso 18).
Preguntas frecuentes
Q. ¿Rechazar o protestar ante la petición de la policía de acompañarla voluntariamente constituye delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales?
Puede rechazarse el acompañamiento voluntario, y solo se considerará lícito si resulta objetivamente claro que la persona accedió a acompañar a la policía de forma voluntaria. No obstante, si la actuación policial fue ilícita y si hubo violencia o amenazas durante la protesta son cuestiones que deben determinarse según las circunstancias concretas.
Q. Si la policía me cierra el paso para hacerme un control de identidad y la empujo, ¿cometo delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales?
La policía puede detener a una persona por medios razonables y dentro del ámbito mínimo necesario, teniendo en cuenta factores como las circunstancias de la persona, la gravedad de las sospechas y la necesidad de formular preguntas. Oponerse a un control de identidad legítimo de ese tipo mediante violencia o amenazas puede constituir delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales.
Q. Si después me absuelven de los cargos relacionados, ¿tampoco se me sancionará por haber obstaculizado la detención?
No puede afirmarse categóricamente. La legalidad de la detención se determina atendiendo a las circunstancias concretas del momento en que se produjo. Por tanto, el delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales puede constituirse con independencia de una posterior sentencia absolutoria si en aquel momento había motivos suficientes para considerar que la persona había sido sorprendida en flagrante delito.
Q. ¿Presentar documentos falsos o la sangre o la orina de otra persona constituye delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales mediante engaño?
El mero hecho de presentar información falsa no constituye siempre un delito. Sin embargo, puede constituirlo presentar la sangre o la orina de otra persona como si fueran propias y manipular activamente las pruebas, de modo que, aunque las autoridades investigadoras realicen las comprobaciones debidas, les resulte difícil descubrir la falsedad y lleguen a una conclusión errónea.
Q. Si rocío un producto reflectante sobre la matrícula para eludir un control de velocidad, ¿cometo delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales mediante engaño?
La sentencia citada en el caso determinó que, por ese solo acto, no podía considerarse que se hubiera obstaculizado la labor de control mediante un engaño difícil de detectar incluso si los agentes de policía desempeñaban diligentemente sus tareas habituales. El mero hecho de realizar una conducta prohibida o de eludir un control no constituye delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales mediante engaño.
Q. Si pongo música a volumen alto con un altavoz en una manifestación, ¿cometo delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales?
El hecho de que durante una concentración o manifestación se produzca temporalmente un ruido considerable no basta, por sí solo, para considerarlo una agresión mediante sonido. No obstante, si se utilizó el sonido con la intención de causar sufrimiento a un funcionario, excediendo los límites razonables de la comunicación de una opinión, se determinará valorando en conjunto factores como el volumen, la duración, la distancia y las circunstancias del entorno.
Q. ¿Qué delito puede plantearse si traslado o dispongo de un bien embargado?
Si un bien embargado se traslada a una distancia considerable sin informar al agente judicial ni obtener su autorización, y ello dificulta considerablemente la ejecución, puede plantearse el delito de invalidación de signos oficiales relacionados con una actuación pública. Cuando concurren varios embargos, el hecho de haber pagado solo a algunos acreedores o de que las partes hayan llegado a un acuerdo no extingue automáticamente la eficacia del embargo.
Q. ¿Se sanciona a un familiar o a un tercero que entra en un lugar prohibido aunque no sea la persona contra la que se dictó la medida cautelar?
A quién afecta una medida cautelar o una medida de ejecución forzosa depende del contenido y del objeto de la medida. En el caso citado, se consideró que la medida cautelar que prohibía el acceso, dictada contra el marido como deudor, no afectaba a la esposa. En cuanto a la medida cautelar que ordenaba la paralización de las obras, se determinó que el mero hecho de cambiar el nombre que figuraba como titular y continuar las obras no suponía haber menoscabado la eficacia de la señalización.
Q. Si un funcionario resulta herido, ¿se consideran agresión el lubricante o las planchas metálicas colocados de antemano?
La sentencia citada en el caso determinó que el hecho de haber esparcido lubricante de antemano, cuando los funcionarios no estaban presentes, para que estuviera allí cuando entraran, no podía considerarse ejercicio de fuerza física —es decir, agresión— contra ellos. No obstante, podría llegarse a una conclusión distinta si concurren circunstancias especiales, como instalarlo ante los funcionarios con la intención de obstaculizar el desempeño de sus funciones.
Leyes aplicables
- Código Penal, artículo 20 (형법 제20조)
- Código Penal, artículo 21 (형법 제21조)
- Código Penal, artículo 136, apartado 1 (형법 제136조 제1항)
- Código Penal, artículo 137 (형법 제137조)
- Código Penal, artículo 140, apartado 1 (형법 제140조 제1항)
- Código Penal, artículo 142 (형법 제142조)
- Código Penal, artículo 144, apartados 1 y 2 (형법 제144조 제1항·제2항)
- Ley sobre el Desempeño de las Funciones de los Agentes de Policía, artículo 3 (경찰관직무집행법 제3조)
- Ley sobre el Desempeño de las Funciones de los Agentes de Policía, artículo 6, apartado 1 (경찰관직무집행법 제6조 제1항)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 85, apartados 1 y 3 (형사소송법 제85조 제1항·제3항)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 199, apartado 1 (형사소송법 제199조 제1항)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 200-5 (형사소송법 제200조의5)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 213-2 (형사소송법 제213조의2)
- Ley de Ejecución Civil, artículo 189, apartado 1 (민사집행법 제189조 제1항)
- Ley de Control de la Inmigración, artículo 81, apartado 1 (출입국관리법 제81조 제1항)
Tenga en cuenta
- Para determinar si una petición o detención por parte de un funcionario fue legal, deben examinarse el tipo de función y las circunstancias concretas del momento. El mero hecho de protestar ante un funcionario no constituye delito de obstrucción del desempeño de funciones oficiales.
- En la detención de una persona sorprendida en flagrante delito deben comunicarse los hechos que se le atribuyen y el motivo de la detención, entre otros datos. Hay casos en que, si primero es necesario emplear la fuerza, la comunicación debe efectuarse sin demora una vez reducida la persona.
- Un embargo o una medida cautelar no necesariamente pierde su eficacia por un acuerdo o por el pago parcial de una deuda. Por ello, antes de disponer de un bien o trasladarlo, debe comprobarse si se ha dejado sin efecto la medida de ejecución forzosa y cuál es su alcance.
- Esta guía resume las cuestiones planteadas en los casos de consulta presentados. La conclusión en un caso concreto puede variar según el fundamento y el procedimiento de la actuación oficial, así como las circunstancias existentes en el momento de la conducta.
Casos de origen
Esta guía fue elaborada por IA a partir de los siguientes casos de consulta de la Korea Legal Aid Corporation (en coreano).
- 임의동행요구에 불응한 경우 공무집행방해죄를 구성하는지
- 공장 밖 노조원들에 대한 ‘고착관리’와 현행범체포 후 40분이 지나 체포이유 등을 고지 한 것이 적법한 직무집행인지
- 압류물을 다른 장소로 이동시킨 경우 처벌 여부
- 허위의 소명자료를 제출하여 등기를 마친 경우 위계에 의한 공무집행방해죄 성립 여부
- 압류경합 시 일부채권자에게만 변제 후 압류물 처분한 경우
- 현장에서 대기 중이었던 공무원을 ‘직무를 집행하는 공무원’이라고 볼 수 있는지
- 맹견으로 집행관의 강제집행을 방해하면 처벌되는지
- 불심검문에 불응하여 경찰관들의 멱살을 잡아 밀친 행위가 공무집행방해죄가 성립하는지
- 차량 번호판에 ‘파워매직세이퍼’를 뿌려 차량을 운행한 행위에 위계에 의한 공무집행방해죄가 성립하는지
- 음주측정을 위한 혈액을 바꿔치기하여 제출한 경우 위계에 의한 공무집행방해죄 성립여부
- 공무집행방해죄에서 공무집행의 적법성을 판단하는 기준 시점은 언제인지
- 재소자가 교도관과 공모하여 담배를 받은 행위가 위계에 의한 공무집행방해죄를 구성하는지
- 음향이 공무집행방해죄에서의 폭행에 해당하는지
- 건물점유이전금지가처분 집행 후 일부 점유이전 한 경우
- 약물검사에 소변을 바꿔치기하여 제출한 경우 위계에 의한 공무집행방해죄 성립 여부
- 관리자의 사전 동의 없이 불법체류자 단속 중인 공무원에게 상해를 가한 경우 처벌되는지
- 특허권 침해로 인하여 가처분집행이 행하여 졌으나 본안에서 특허권 무효판결이 난 경우 공무상표시무효죄 성립 여부
- 미리 뿌려놓은 윤활유나 철판조각에 공무수행중인 공무원이 다친 경우 특수공무집행방해치상죄가 성립하는지 여부
- 벌금미납으로 지명수배된 자가 임의동행을 거부하는 경우 공무집행방해죄를 구성하는지
- 가압류결정 송달받고 채무자에게 가압류된 돈을 지급한 경우
- 공무원이 결재권자에 대하여 허위내용의 결재를 받은 경우 처벌되는지
- 공사중지가처분 집행 후 건축허가명의 변경하여 공사한 경우
- 즉결심판청구를 하지 않고 계속하여 운전면허증의 제시를 요구한 것이 적법한 직무행위인지
- 도로의 보도에서 천막설치를 제지하는 공무원에게 가한 폭행이 공무집행방해에 해당하는지
- 출입금지가처분명령에 위반한 경우의 형사책임
Esta guía es información general sobre el derecho coreano, no asesoramiento legal para su caso. Consulte a un abogado o a la Korea Legal Aid Corporation (132 en Corea).
