La jueza federal estadounidense Sarah Hill determinó esta semana que un ayudante del sheriff de Tulsa, Oklahoma, vulneró los derechos de una mujer amparados por la Cuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos al buscar sin orden judicial la matrícula de su vehículo en la base de datos de Flock Safety. La jueza Hill escribió que todas las pruebas obtenidas tras la búsqueda debían excluirse como «fruto del árbol envenenado» (pruebas derivadas de pruebas obtenidas ilegalmente). Aunque el fallo no constituye un precedente vinculante, se informó de que es uno de los primeros casos en que un juez federal ha considerado inconstitucional una búsqueda en Flock.

Antecedentes y contexto

Flock es un sistema que recopila información sobre matrículas de vehículos mediante cámaras conectadas en red. La jueza Hill consideró que el ayudante del sheriff debería haber obtenido una orden judicial antes de consultar la base de datos. Según la jueza, no había ningún motivo claro para hacer la búsqueda, aparte de que el vehículo tenía una matrícula de California.

El ayudante del sheriff utilizó el historial de desplazamientos de la mujer, consultado en Flock, para justificar el registro del vehículo. Según se informó, en el vehículo se encontraron 91 libras de metanfetamina, pero la jueza Hill escribió que debían excluirse las pruebas obtenidas después de la búsqueda en Flock. Por tanto, el asunto central de esta decisión no es solo la cantidad de sustancia encontrada, sino también el procedimiento empleado para obtener los datos de ubicación utilizados en la investigación y las pruebas posteriores.

La jueza señaló que registrar de forma indiscriminada y pasiva la ubicación de las personas durante un periodo prolongado y utilizar esa información, cuando se considere necesario, para cualquier propósito puede plantear problemas constitucionales. Describió Flock no como una herramienta dirigida únicamente contra una persona concreta, sino como un instrumento de «vigilancia masiva e indiscriminada» que recopila continuamente información de todos los vehículos que pasan ante las cámaras de la red y la proporciona a petición de la policía.

Qué significa esta noticia

El fallo cuestiona no tanto la existencia de la tecnología de reconocimiento de matrículas como el alcance de las búsquedas de información sin orden judicial y su posterior uso como fundamento de una investigación. Esto significa que, incluso si los desplazamientos se producen en lugares públicos, acumular sus registros durante un periodo prolongado y utilizarlos cuando se considere necesario puede plantear cuestiones sobre la privacidad y los límites de los derechos constitucionales. Sin embargo, el fallo no es un precedente vinculante, por lo que no cabe asumir que la misma conclusión se aplicará automáticamente a otros casos.

Podría aumentar la presión sobre los organismos de investigación para que justifiquen la necesidad y el procedimiento de las consultas de información. También podría obligar a las entidades que gestionan o utilizan bases de datos de matrículas a explicar el alcance de la recopilación, las búsquedas y el uso de esos datos. Por otra parte, para las personas afectadas también es importante que una búsqueda ilegal de información no implica que todas las pruebas obtenidas posteriormente queden excluidas siempre de manera automática. La relación entre las pruebas y la posible existencia de excepciones pueden examinarse por separado.

Por ejemplo, si en un caso un organismo de investigación consulta sin orden judicial el historial de desplazamientos de un vehículo y luego obtiene otras pruebas basándose en esos registros, la persona afectada puede cuestionar tanto la legalidad de la búsqueda como si las pruebas posteriores se derivaron de ella. Este ejemplo es hipotético y tiene fines explicativos; el resultado real puede variar según la legislación aplicable y las circunstancias concretas del caso.

Información sobre normas y recursos pertinentes

Una guía jurídica interna explica que, de conformidad con el artículo 308-2 de la Ley de Procedimiento Penal de Corea del Sur (형사소송법), las pruebas obtenidas mediante un procedimiento ilegal y las pruebas secundarias obtenidas a partir de ellas no pueden utilizarse, por regla general, como pruebas de culpabilidad. Sin embargo, puede determinarse excepcionalmente, tras valorar en conjunto el contenido y la gravedad de la conducta ilegal y si se ha interrumpido la relación causal con la obtención de las pruebas, entre otros factores. La conclusión del fallo estadounidense no se aplica directamente a los casos de Corea del Sur; esta guía sirve como referencia para comprender el procedimiento penal surcoreano.

Además, que una prueba pueda ser admitida y que baste por sí sola para declarar a alguien culpable son cuestiones distintas. La credibilidad y la fuerza probatoria se valoran por separado. Por tanto, si se alega que una búsqueda fue ilegal, es necesario examinar por separado el procedimiento de búsqueda y las circunstancias en que se obtuvieron las pruebas posteriores.

Hechos confirmados y cuestiones aún sin aclarar

Hechos confirmados

  • La jueza Hill determinó que la búsqueda en Flock realizada sin orden judicial por un ayudante del sheriff de Tulsa vulneró los derechos de la mujer amparados por la Cuarta Enmienda.
  • La jueza consideró que el ayudante del sheriff no tenía un motivo claro para realizar la búsqueda y escribió que debían excluirse las pruebas obtenidas después de esta.
  • Se presentó el fallo como uno de los primeros fallos federales que consideran inconstitucional una búsqueda en Flock, aunque no constituye un precedente vinculante.
  • Se informó de que varios gobiernos locales y estatales, entre ellos los de Florida y Texas, anunciaron que dejarían de utilizar la tecnología de Flock. El senador Bernie Sanders presentó un proyecto de ley para prohibir que las agencias federales utilicen lectores automáticos de matrículas.

Cuestiones aún sin aclarar

  • La información publicada no indica exactamente cuándo tuvieron lugar la búsqueda en Flock y el registro del vehículo realizados por el ayudante del sheriff.
  • No se ha confirmado si se presentó una apelación contra este fallo.
  • La información publicada tampoco aclara cómo han avanzado las deliberaciones del Congreso tras la presentación de la Block Flock Act.

Qué pueden comprobar los lectores

  • Si se han visto involucrados en un caso similar, pueden comprobar cuándo y mediante qué procedimiento se consultó la información, y cómo se utilizaron los resultados en la investigación posterior.
  • En el procedimiento penal surcoreano, hay que examinar y distinguir la relación entre las pruebas ilegales y las posteriores, las circunstancias que podrían constituir excepciones, la admisibilidad de las pruebas y su fuerza probatoria. Para plantear una impugnación concreta, conviene consultar a un profesional del derecho basándose en el expediente del caso.
  • Al valorar el alcance de este fallo, hay que tener en cuenta que no constituye un precedente vinculante y que aún no se han confirmado ni la presentación de una apelación ni la situación de las deliberaciones sobre el proyecto de ley pertinente.

Referencias